CHOICE HOTELS CANADA INC.
POLÍTICA DE ACCESIBILIDAD

Esta página es específica para Choice Hotels Canada. Para obtener información relacionada con la accesibilidad en otras regiones, cambia el idioma y el país del sitio web desde el menú de navegación del sitio.

Declaración de compromiso

Choice Hotels Canada Inc. (la «empresa») se compromete a satisfacer las necesidades de accesibilidad de las personas con discapacidad de manera oportuna y lo hará previniendo y eliminando las barreras de accesibilidad y cumpliendo con los requisitos de accesibilidad en virtud de la Ley de Accesibilidad para las Personas con Discapacidad de Ontario de 2005 (la «AODA», por sus siglas en inglés). En este sentido, la empresa ha establecido una política de accesibilidad y un plan de accesibilidad plurianual para cumplir con sus obligaciones en virtud del Reglamento 191/11, las normas de accesibilidad integradas (las «IASR», por sus siglas en inglés), en virtud de la AODA.

La visión de la empresa en cuanto a accesibilidad es que las personas con discapacidad, visible o invisible, tengan la misma oportunidad que otros de obtener los servicios ofrecidos por la empresa y beneficiarse de ellos. El objetivo de la empresa es hacer esfuerzos razonables para proporcionar servicios de manera que se respeten los principios fundamentales de independencia, dignidad, integración e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

Aplicación

Esta política se aplica a todos los empleados, voluntarios y agentes de la empresa que interactúen con los empleados, voluntarios, agentes, estudiantes, progenitores y proveedores actuales y potenciales de la empresa, así como con cualquier otra persona que acceda a los servicios de la empresa. Esta política está disponible públicamente y se proporcionará en un formato accesible previa solicitud.

Plan de accesibilidad plurianual

En el plan de accesibilidad plurianual de la empresa, adjunto como apéndice A, se describen las estrategias de la empresa para prevenir y eliminar barreras, y cumplir con los requisitos en virtud de las IASR. La empresa publicará el plan en su sitio web y lo proporcionará en un formato accesible previa solicitud. El plan se revisará y actualizará al menos una vez cada cinco años.

Formación

La empresa se asegurará de que se proporcione formación según lo requerido por las IASR a todos los empleados y voluntarios, a todas las personas que proporcionen bienes, servicios o instalaciones en nombre de la empresa, y a todas las personas que participen en el desarrollo de las políticas de la empresa, sobre los requisitos de las normas de accesibilidad mencionadas en las IASR y en el Código de Derechos Humanos, en lo que respecta a las personas con discapacidad. La formación se impartirá tan pronto como sea posible. Si se realizan cambios en esta política o en los requisitos, se proporcionará formación que aborde dichos cambios. La empresa mantendrá un registro de las fechas en las que se impartió la formación y el número de personas a las que se proporcionó. La empresa se asegurará de que los terceros que proporcionen bienes, servicios o instalaciones en nombre de la organización hayan recibido formación.

Normas de información y comunicación

Procesos de comentarios
La empresa se asegurará de que sus procesos para recibir y responder a comentarios sean accesibles para las personas con discapacidad, proporcionando u organizando la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación previa solicitud. La empresa informará públicamente de la disponibilidad de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación.

Formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación
La empresa, previa solicitud, proporcionará u organizará la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación para personas con discapacidad de acuerdo con las IASR, según se explica a continuación:

  1. De manera oportuna, teniendo en cuenta las necesidades de accesibilidad de la persona debido a una discapacidad.
  2. A un coste que no supere el coste habitual cobrado a otras personas.
  3. En consulta con la persona que realiza la solicitud para determinar la idoneidad de un formato accesible o de un medio de apoyo a la comunicación.

La empresa informará públicamente de la disponibilidad de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación.

Información o comunicación no adaptables
Si la empresa determina que la información o la comunicación no pueden adaptarse, la empresa proporcionará a la persona que solicita la información o la comunicación:

  1. Una explicación de por qué la información o la comunicación no pueden adaptarse; y
  2. un resumen de la información o la comunicación que no pueden adaptarse.

La información o la comunicación no pueden adaptarse si:

  1. No es técnicamente viable adaptar la información o la comunicación; o
  2. la tecnología necesaria para adaptar la información o la comunicación no está disponible fácilmente.

Información de emergencia
Si la empresa prepara planes o procedimientos de emergencia o información de seguridad pública y pone la información a disposición del público, la empresa proporcionará la información en un formato accesible o con los medios de apoyo a la comunicación adecuados, tan pronto como sea posible, previa solicitud.

Accesibilidad del sitio web
Cuando sea posible y en los casos en que la empresa controle los sitios web y el contenido web directamente o a través de una relación contractual, la empresa hará que cualquier nuevo sitio web, así como el contenido web de esos sitios cumplan con las pautas de accesibilidad para el contenido web (WCAG) del Consorcio World Wide Web 2.0, inicialmente en el nivel A y aumentando de forma progresiva hasta el nivel AA. Para el 1 de enero de 2021, todo el sitio web y el contenido web con fecha desde 2012 cumplirán con las WCAG 2.0 de nivel AA.

Normas de empleo

La empresa cumplirá con los requisitos establecidos en las normas de empleo de las IASR. Las normas de empleo se aplican a los empleados y no a los voluntarios u otras personas no remuneradas.

Contratación
La empresa informará a los empleados y al público en general de la disponibilidad de adaptaciones para los solicitantes de empleo y los empleados durante el proceso de contratación.

Durante el proceso de contratación, cuando se seleccione a un solicitante de empleo para participar en un proceso de evaluación o selección, se le informará de que hay adaptaciones disponibles previa solicitud. Si un candidato seleccionado solicita adaptaciones, la empresa consultará con el solicitante y proporcionará u organizará la provisión de adaptaciones adecuadas, teniendo en cuenta las necesidades de la persona.

Cuando la empresa haga una oferta de empleo a un solicitante seleccionado, le informará de sus políticas de adaptación a los empleados con discapacidad.

Notificación a empleados
La empresa deberá informar a sus empleados de las políticas que utiliza para apoyar a los empleados con discapacidad, incluidas, entre otras, políticas sobre la provisión de adaptaciones laborales que tengan en cuenta las necesidades de accesibilidad de un empleado debido a una discapacidad. Dicha información se proporcionará de la siguiente manera:

  1. A nuevos empleados, tan pronto como sea posible después de su incorporación al empleo.
  2. A los empleados existentes, siempre que se produzca un cambio en las políticas existentes sobre la provisión de adaptaciones laborales que tengan en cuenta las necesidades de accesibilidad de un empleado debido a una discapacidad.

Formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación
En caso de solicitud de un empleado con discapacidad, la empresa consultará con el empleado para proporcionar u organizar la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación en relación con:

  1. La información necesaria para realizar el trabajo del empleado; y
  2. la información que normalmente está disponible para los empleados en el lugar de trabajo.

La empresa consultará con el empleado que realiza la solicitud para determinar la idoneidad de un formato accesible o un medio de apoyo a la comunicación.

Planes de adaptación individual (PAI)
La empresa ha desarrollado un proceso por escrito para llevar a cabo un plan de adaptación individual documentado para empleados con discapacidad. El proceso incluye los siguientes elementos:

  1. La forma en que el empleado que solicita adaptaciones puede participar en el desarrollo del plan de adaptación individual.
  2. Los medios por los que se evalúa al empleado de manera individual.
  3. La forma en que el empleador puede solicitar una evaluación por parte de un médico u otro experto externos, cuyo coste corre a cargo del empleador, para que le ayude a determinar si se puede lograr la adaptación y, en caso afirmativo, cómo se puede llevar a cabo.
  4. La forma en que el empleado puede solicitar la participación de un representante de su agente negociador (si el empleado está representado por un agente negociador) u otro representante del lugar de trabajo (si el empleado no está representado por un agente negociador) en el desarrollo del plan de adaptación.
  5. Las medidas adoptadas para proteger la privacidad de la información personal del empleado.
  6. La frecuencia con la que se revisará y actualizará el plan de adaptación individual y la forma en que se hará.
  7. Si se deniega un plan de adaptación individual, la forma en que se proporcionarán los motivos de la denegación al empleado.
  8. Los medios para proporcionar el plan de adaptación individual en un formato que tenga en cuenta las necesidades de accesibilidad del empleado debido a su discapacidad.

Si se solicita, se incluirá en los planes de adaptación individuales información sobre los formatos accesibles y los medios de apoyo a la comunicación proporcionados y, si es necesario, se incluirá información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo. En ellos también se identificará cualquier otra adaptación que deba proporcionarse.

Reincorporación al trabajo
La empresa ha establecido un proceso de reincorporación al trabajo para los empleados que se hayan ausentado del mismo debido a una discapacidad y que requieran adaptaciones relacionadas con su discapacidad para volver al trabajo. El proceso está documentado y describe las medidas que la empresa tomará para facilitar la vuelta al trabajo. Los planes de adaptación individuales se utilizarán en el proceso de reincorporación al trabajo según corresponda.

Gestión del desempeño, desarrollo y promoción profesional, y reubicación
En los procesos de gestión del desempeño relacionados con la evaluación y la mejora del rendimiento, la productividad y la eficacia de los empleados se tendrán en cuenta las necesidades de accesibilidad de los empleados con discapacidad, así como los planes de adaptación individuales.

La empresa tendrá en cuenta las necesidades de accesibilidad de sus empleados con discapacidad, así como los planes de adaptación individuales al proporcionar posibilidades de desarrollo profesional y promoción a sus empleados. El desarrollo profesional y la promoción incluyen la asignación de responsabilidades adicionales al puesto actual de un empleado, el traslado de un empleado de un puesto a otro que pueda comportar una mayor responsabilidad o remuneración, o que pueda colocar al empleado en un nivel superior en la organización, o la combinación de cualquiera de estas opciones.

Si la empresa tiene la necesidad de redistribuir empleados a otros departamentos o puestos dentro de la organización como consecuencia de la eliminación de otros puestos, la empresa tendrá en cuenta las necesidades de accesibilidad de los empleados con discapacidad, así como los planes de adaptación individuales.

Información sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo
La empresa proporcionará información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo a los empleados que tengan una discapacidad.

Si la discapacidad es tal que es necesario proporcionar información individualizada y el empleador tiene conocimiento de la necesidad de adaptación debido a la discapacidad del empleado. Si el empleado que recibe información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo requiere asistencia, y con el consentimiento del empleado, la empresa proporcionará la información sobre emergencias en el lugar de trabajo a la persona designada por la empresa para proporcionar asistencia al empleado.

Esto se hará tan pronto como sea posible después de tener conocimiento de la necesidad de adaptación debido a la discapacidad del empleado.

La empresa revisará la información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo cuando el empleado se traslade a una ubicación diferente dentro de la organización, cuando se revisen las necesidades o los planes generales de adaptación y cuando la empresa revise sus políticas generales de respuesta ante emergencias.

Diseño de espacios públicos

La empresa cumplirá con las normas de accesibilidad para el diseño de espacios públicos a la hora de construir o renovar espacios públicos. Entre los espacios públicos se incluyen, entre otros, zonas de comedor públicas al aire libre, rutas de viaje al aire libre, zonas de aparcamiento accesible en la calle y elementos relacionados con el servicio como mostradores y zonas de espera.

Si la empresa dispone de elementos accesibles en espacios públicos, desarrollará procedimientos para el mantenimiento preventivo y de emergencia de dichos elementos accesibles, según lo requieran las IASR. La empresa también desarrollará procedimientos para abordar interrupciones temporales de elementos accesibles según lo requieran las IASR, en caso de que la empresa cuente con elementos accesibles en el futuro.

Preguntas

Si tienes alguna pregunta sobre la política de accesibilidad de la empresa o sobre el plan de accesibilidad plurianual, o deseas recibir esta información en un formato accesible, envía un correo electrónico a HR@choicehotels.ca.

APÉNDICE A

PLAN DE ACCESIBILIDAD PLURIANUAL

En nuestro plan de accesibilidad plurianual se describe una estrategia gradual para eliminar barreras y se abordan los requisitos actuales y futuros aplicables a la empresa en virtud de la AODA y las IASR. El plan de accesibilidad plurianual se publicará en nuestro sitio web externo.

Plan de accesibilidad plurianual de la empresa

PARTE I: Requisitos generales

IniciativaRequisito de las IASRAcciónNivel
Establecimiento de políticas de accesibilidad3(1) Todas las organizaciones obligadas deberán desarrollar, implantar y mantener políticas que rijan la forma en que la organización logra o logrará la accesibilidad cumpliendo con sus requisitos en virtud de las normas de accesibilidad mencionadas en este reglamento.
  • La política de accesibilidad se ha desarrollado e implantado.
  • Completado
3(2) Las organizaciones obligadas, excepto las pequeñas organizaciones, deberán incluir en sus políticas una declaración de compromiso de la organización para satisfacer las necesidades de accesibilidad de las personas con discapacidad de manera oportuna.
  • La declaración de compromiso de la organización está incluida en la política de accesibilidad.
  • Completado
(3) Las grandes organizaciones deberán:
  1. preparar uno o más documentos escritos donde se describan sus políticas; y
  2. poner los documentos a disposición del público y proporcionarlos en un formato accesible previa solicitud.
  • La política de accesibilidad y el plan de accesibilidad plurianual (el «MYAP», por sus siglas en inglés) están publicados en el sitio web externo de la empresa y en la intranet.
  • La empresa proporcionará copias de la política de accesibilidad en un formato accesible previa solicitud.
  • Completado
  • En curso
Planes de accesibilidad4(1) Las grandes organizaciones deberán:
  1. establecer, implantar, mantener y documentar un plan de accesibilidad plurianual en el que se describa la estrategia de la organización para eliminar barreras y cumplir con sus requisitos en virtud del presente reglamento;
  2. publicar el plan de accesibilidad en su sitio web, si lo hubiera, y proporcionar el plan en un formato accesible previa solicitud; y
  3. revisar y actualizar el plan de accesibilidad al menos una vez cada cinco años.
  • Se ha redactado e implantado el MYAP.
  • Se ha publicado el MYAP en el sitio web externo de la empresa y en la intranet.
  • El MYAP se revisará y actualizará según sea necesario, pero, en cualquier caso, el MYAP se revisará al menos una vez cada cinco años. La próxima revisión será el 1 de mayo de 2026.
  • Completado
  • Completado
  • En curso
Formación7(1) Todas las organizaciones obligadas se asegurarán de que se proporcione formación sobre los requisitos de las normas de accesibilidad mencionadas en este reglamento y el Código de Derechos Humanos en lo que respecta a personas con discapacidad a:
  1. todos los empleados y voluntarios;
  2. todas las personas que participen en el desarrollo de las políticas de la organización; y
  3. todas las demás personas que proporcionan bienes, servicios o instalaciones en nombre de la organización.
  • Se ha incorporado formación sobre los requisitos de las IASR y del Código de Derechos Humanos a nuestra formación en línea sobre el código de conducta.
  • La empresa se asegurará de que todos los empleados actuales y nuevos, voluntarios y otras personas, según lo requieran las IASR en todas las oficinas de Ontario, reciban formación sobre los requisitos de las IASR y el Código de Derechos Humanos en lo que respecta a personas con discapacidad.
  • En curso
  • En curso
 7(5) Todas las grandes organizaciones deberán llevar un registro de la formación facilitada en virtud de esta sección, incluidas las fechas en las que se imparte la formación y el número de personas a las que se proporciona.
  • La empresa lleva un registro de la formación proporcionada a todo el personal de todas sus oficinas de Ontario.
  • En curso

 

PARTE II: Normas de información y comunicación

IniciativaRequisito de las IASRAcciónNivel
Comentarios11(1) Toda organización obligada que cuente con procesos para recibir y responder a comentarios se asegurará de que sus procesos sean accesibles para las personas con discapacidad, proporcionando u organizando la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación previa solicitud.Las personas pueden proporcionar comentarios a la empresa de varias maneras:
  • enviando un correo electrónico a HR@choicehotels.ca;
  • contactando con nuestro departamento de Recursos Humanos en el 905 602 2222;
  • por escrito, enviando o entregando en mano comentarios a Choice Hotels Canada Inc. en la siguiente dirección: 5015 Spectrum Way, Suite 400, Mississauga, ON L4W 0E4;
  • en persona, visitando las oficinas de Choice Hotels Canada Inc. en 5015 Spectrum Way, Suite 400, Mississauga, ON L4W 0E4; y
  • además, un cliente puede solicitar que su empleado de contacto envíe comentarios en su nombre.
Completado
11(3) Toda organización obligada deberá informar públicamente de la disponibilidad de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación.
  • En nuestra política de normas del servicio de atención al cliente, nuestra política de accesibilidad y este MYAP, que están publicados en el sitio web de la empresa, se proporciona información sobre cómo una persona puede proporcionar comentarios a la empresa.
  • En la política de normas del servicio de atención al cliente, la política de accesibilidad y el MYAP, todos los cuales se encuentran en el sitio web de la empresa, se informa de la disponibilidad de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación.
  • Completado
  • Completado
Formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación12(1) Salvo que se indique lo contrario, todas las organizaciones obligadas deberán, previa solicitud, proporcionar u organizar la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación para personas con discapacidad:
  1. de manera oportuna, teniendo en cuenta las necesidades de accesibilidad de la persona debido a una discapacidad; y
  2. a un coste que no supere el coste habitual cobrado a otras personas.
  • La empresa se esfuerza por comunicarse con las personas con discapacidad teniendo en cuenta tanto la discapacidad como el método de comunicación preferido por la persona. La empresa puede comunicarse con el público en general por escrito, por teléfono, por correo electrónico o mediante reuniones, ya sea en persona o por videoconferencia. La empresa reconoce que no todas las personas desean comunicarse de la misma manera.
  • La empresa proporcionará formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación a las personas con discapacidad previa solicitud, de manera oportuna y teniendo en cuenta las necesidades de accesibilidad de la persona debido a su discapacidad.
  • La empresa proporcionará formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación, previa solicitud, a un coste que no supere el coste habitual cobrado a otras personas.
  • En curso
  • En curso
  • En curso
12(2) La organización obligada deberá consultar con la persona que realiza la solicitud para determinar la idoneidad de un formato accesible o de un medio de apoyo a la comunicación.
  • La empresa consultará con cualquier persona que solicite formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación para determinar la idoneidad de un formato accesible o de un medio de apoyo a la comunicación.
    • En curso
    12(3) Toda organización obligada deberá informar públicamente de la disponibilidad de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación.
    • La disponibilidad de formatos accesibles y de medios de apoyo a la comunicación para personas con discapacidad está recogida en nuestra política de accesibilidad y en este MYAP, que están publicados en nuestro sitio web.
    • Una persona puede solicitar formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación poniéndose en contacto con la empresa:
      • por escrito a: 5015 Spectrum Way, Suite 400, Mississauga, ON L4W 0E4;
      • por teléfono al: 905 602 2222;
      • en persona en las oficinas de Choice Hotels Canada Inc.; o
      • por correo electrónico a HR@choicehotels.ca.
    • Completado
    • En curso

     

    PARTE III: Normas de empleo

    IniciativaRequisito de las IASRAcciónNivel
    Contratación, general22. Todo empleador deberá informar a sus empleados y al público en general de la disponibilidad de adaptaciones para solicitantes con discapacidad en sus procesos de contratación.
    • La empresa informará a sus empleados de Ontario y al público en general de la disponibilidad de adaptaciones para solicitantes con discapacidad en su proceso de contratación, incluyendo dicha información en todas las ofertas de empleo, tanto si dichas ofertas se realizan interna como externamente.
    • En curso
    Proceso de contratación, evaluación o selección23(1) Durante un proceso de contratación, cuando se seleccione a un solicitante de empleo para participar en un proceso de evaluación o selección, el empleador le informará de que hay adaptaciones disponibles, previa solicitud, en relación con los materiales o los procesos que se van a utilizar.
    • Para puestos con sede en Ontario, cuando la empresa notifique a los solicitantes de empleo que han sido seleccionados para participar en el proceso de contratación, la empresa les informará de que hay adaptaciones disponibles, previa solicitud, en relación con los materiales o los procesos que se van a utilizar durante el proceso de evaluación, incluyendo una declaración a este efecto en su comunicación con los solicitantes.
    • En curso
    23(2) Si un candidato seleccionado solicita una adaptación, el empleador deberá consultar con el solicitante y proporcionar u organizar la provisión de una adaptación adecuada teniendo en cuenta las necesidades de accesibilidad del solicitante debido a su discapacidad.
    • Para puestos con sede en Ontario, si un candidato seleccionado solicita una adaptación, la empresa consultará con el solicitante y proporcionará u organizará la provisión de una adaptación adecuada teniendo en cuenta las necesidades de accesibilidad del solicitante debido a su discapacidad.
    • En curso
    Notificación a los solicitantes seleccionados24. Al hacer ofertas de empleo, todo empleador deberá informar al solicitante seleccionado de sus políticas de adaptación para empleados con discapacidad.
    • La empresa informará al solicitante seleccionado de sus políticas de adaptación para empleados con discapacidad incluyendo una copia de sus políticas de adaptación para empleados con discapacidad de Ontario junto con la carta de oferta o el contrato de empleo.
    • En curso
    Información a los empleados sobre los medios de apoyo25(1) Todo empleador deberá informar a sus empleados de las políticas que utiliza para apoyar a los empleados con discapacidad, incluidas, entre otras, políticas sobre la provisión de adaptaciones laborales que tengan en cuenta las necesidades de accesibilidad de un empleado debido a una discapacidad.
    • La empresa informará a sus empleados de Ontario de las políticas de que dispone para apoyar a sus empleados con discapacidad de Ontario publicando dichas políticas en su intranet.
    • En curso
    25(2) Los empleadores deberán proporcionar la información requerida en virtud de esta sección a los nuevos empleados tan pronto como sea posible después de que se incorporen al empleo.
    • La empresa proporcionará copias de las políticas de que dispone para apoyar a sus empleados con discapacidad de Ontario a los nuevos empleados de Ontario tan pronto como sea posible después de su incorporación.
    • En curso
    25(3) Los empleadores deberán proporcionar información actualizada a sus empleados siempre que se produzca un cambio en las políticas existentes sobre la provisión de adaptaciones laborales que tengan en cuenta las necesidades de accesibilidad de un empleado debido a una discapacidad.
    • La empresa proporcionará información actualizada a sus empleados de Ontario siempre que se produzca un cambio en sus políticas existentes sobre la provisión de adaptaciones laborales que tengan en cuenta las necesidades de accesibilidad de un empleado de Ontario debido a una discapacidad actualizando la información en su intranet.
    • En curso
    Formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación para empleados26(1) Además de sus obligaciones en virtud de la sección 12, cuando un empleado con discapacidad así lo solicite, todo empleador deberá consultar con el empleado para proporcionar u organizar la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación en relación con:
    1. la información necesaria para realizar el trabajo del empleado; y
    2. la información que normalmente está disponible para los empleados en el lugar de trabajo.
    • En caso de solicitud de un empleado con discapacidad de Ontario, la empresa consultará con el empleado para proporcionar u organizar la provisión de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación en relación con la información:
      1. que sea necesaria para realizar el trabajo del empleado; y
      2. que, por norma general, esté disponible para otros empleados.
    • En curso
    26(2) El empleador deberá consultar con el empleado que realiza la solicitud para determinar la idoneidad de un formato accesible o de un medio de apoyo a la comunicación.
    • A la hora de determinar la idoneidad de un formato accesible o un medio de apoyo a la comunicación, la empresa consultará con el empleado que realiza la solicitud.
    • En curso
    Formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación27(1) Todo empleador proporcionará información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo a los empleados con discapacidad, si la discapacidad es tal que es necesario proporcionar información individualizada y el empleador tiene conocimiento de la necesidad de adaptación debido a la discapacidad del empleado.
    • La empresa proporcionará información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo a los empleados con discapacidad de Ontario, cuando esta información sea necesaria y cuando la empresa tenga conocimiento de la necesidad de adaptación del empleado debido a su discapacidad.
    • En curso
    27(2) Si un empleado que recibe información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo requiere asistencia, el empleador —con el consentimiento del empleado— proporcionará la información sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo a la persona designada por el empleador para proporcionar asistencia al empleado.
    • Se ha incluido en el proceso establecido para proporcionar información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo, si la empresa recibe el consentimiento del empleado.
    • En curso
    27(3) Los empleadores deberán proporcionar la información requerida en virtud de esta sección tan pronto como sea posible después de tener conocimiento de la necesidad de adaptación debido a la discapacidad del empleado.
    • Se ha incluido en el proceso para proporcionar información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo.
    • En curso
    27(4) Todo empleador deberá revisar la información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo:
    1. cuando el empleado se traslade a una ubicación diferente dentro de la organización;
    2. cuando se revisen las necesidades o los planes generales de adaptación del empleado; y
    3. cuando el empleador revise sus políticas generales de respuesta ante emergencias.
    • Se ha incluido en el proceso establecido para proporcionar información individualizada sobre la respuesta ante emergencias en el lugar de trabajo.
    • En curso
    Planes de adaptación individual documentados28(1) Los empleadores, excepto las pequeñas organizaciones, deberán desarrollar y establecer un proceso escrito para el desarrollo de planes de adaptación individuales documentados para empleados con discapacidad.
    • La empresa ha desarrollado y mantiene un proceso escrito para llevar a cabo planes individuales documentados de adaptación del lugar de trabajo para empleados con discapacidad de Ontario.
    • Completado
    28(2) El proceso para el desarrollo de planes de adaptación individuales documentados deberá incluir los siguientes elementos:
    1. La forma en que el empleado que solicita adaptaciones puede participar en el desarrollo del plan de adaptación individual.
    2. Los medios por los que se evalúa al empleado de manera individual.
    3. La forma en que el empleador puede solicitar una evaluación por parte de un médico u otro experto externos, cuyo coste corre a cargo del empleador, para determinar si se puede lograr la adaptación y, en caso afirmativo, cómo se puede llevar a cabo.
    4. La forma en que el empleado puede solicitar la participación de un representante de su agente negociador (si el empleado está representado por un agente negociador) u otro representante del lugar de trabajo (si el empleado no está representado por un agente negociador) en el desarrollo del plan de adaptación.
    5. Las medidas adoptadas para proteger la privacidad de la información personal del empleado.
    6. La frecuencia con la que se revisará y actualizará el plan de adaptación individual y la forma en que se hará.
    7. Si se deniega un plan de adaptación individual, la forma en que se proporcionarán los motivos de la denegación al empleado.
    8. Los medios para proporcionar el plan de adaptación individual en un formato que tenga en cuenta las necesidades de accesibilidad del empleado debido a su discapacidad.
    • El proceso escrito de la empresa para el desarrollo de planes individuales de adaptación del lugar de trabajo en Ontario aborda:
      1. La forma en que el empleado que solicita adaptaciones puede participar en el desarrollo del plan individual de adaptación de su lugar de trabajo.
      2. Los medios por los que se evalúa al empleado de manera individual.
      3. La forma en que la empresa puede solicitar una evaluación por parte de un médico u otro experto externos, cuyo coste corre a cargo de la empresa, para determinar si se puede lograr la adaptación y, en caso afirmativo, de qué manera.
      4. La forma en que el empleado puede solicitar la participación de un representante de la empresa.
      5. Las medidas adoptadas para proteger la privacidad de la información personal del empleado.
      6. La frecuencia con la que se revisará y actualizará el plan individual de adaptación del lugar de trabajo, y cómo se llevará a cabo dicha actualización.
      7. La forma en que la empresa proporcionará los motivos para denegar un plan individual de adaptación del lugar de trabajo al empleado, en caso de que se deniegue un plan de adaptación del lugar de trabajo individual.
      8. Los medios para proporcionar el plan individual de adaptación del lugar de trabajo en un formato que tenga en cuenta las necesidades de accesibilidad del empleado debido a su discapacidad.
    • Completado
    Proceso de reincorporación al trabajo29(1) Todo empleador, excepto las pequeñas organizaciones:
    1. deberá desarrollar y establecer un proceso de reincorporación al trabajo para los empleados que se hayan ausentado del mismo debido a una discapacidad y que requieran adaptaciones relacionadas con su discapacidad para volver al trabajo; y
    2. deberá documentar el proceso.
    • La empresa ha desarrollado y establecido un proceso de reincorporación al trabajo para sus empleados de Ontario que se hayan ausentado del mismo debido a una discapacidad y que requieran adaptaciones relacionadas con su discapacidad para volver al trabajo.
    • La empresa documenta el progreso de reincorporación al trabajo, incluidos los planes individuales de adaptación del lugar de trabajo o los planes de emergencia en el lugar de trabajo individualizados, según sea necesario en el proceso de regreso al trabajo.
    • En curso
    • En curso
    29(2) En el proceso de reincorporación al trabajo se deberán:
    1. describir las medidas que tomará el empleador para facilitar la reincorporación al trabajo de los empleados que se hayan ausentado porque su discapacidad les exigía interrumpir el trabajo; y
    2. usar planes de adaptación individuales documentados como parte del proceso.
    • En el proceso de reincorporación al trabajo se describen las medidas que tomará la empresa para facilitar la reincorporación del empleado al trabajo y se incluirán planes individuales documentados de adaptación del lugar de trabajo como parte del proceso.
    • En curso
    29(3) El proceso de reincorporación al trabajo al que se hace referencia en esta sección no sustituye ni anula ningún otro proceso de reincorporación al trabajo creado en virtud de cualquier otra norma.
    • El proceso de reincorporación al trabajo de la empresa no reemplaza ni anula ningún otro proceso de reincorporación al trabajo creado en virtud de cualquier otra norma.
    • En curso
    Gestión del desempeño30(1) Aquel empleador que utilice la gestión del desempeño con sus empleados deberá tener en cuenta las necesidades de accesibilidad de los empleados con discapacidad, así como los planes de adaptación individuales cuando utilice su proceso de gestión del desempeño con los empleados con discapacidad.
    • La empresa tendrá en cuenta las necesidades de accesibilidad de los empleados con discapacidad de Ontario, así como los planes individuales de adaptación del lugar de trabajo al llevar a cabo la gestión del desempeño.
    • En curso
    Desarrollo profesional y promoción31(1) Aquel empleador que proporcione posibilidades de desarrollo profesional y promoción a sus empleados deberá tener en cuenta las necesidades de accesibilidad de sus empleados con discapacidad, así como cualquier plan de adaptación individual al proporcionar posibilidades de desarrollo profesional y promoción a sus empleados con discapacidad.
    • La empresa tendrá en cuenta las necesidades de accesibilidad de sus empleados con discapacidad de Ontario, así como los planes individuales de adaptación del lugar de trabajo al proporcionar posibilidades de desarrollo profesional y promoción a sus empleados.
    • En curso
    Reubicación32(1) Aquel empleador que recurra a la reubicación deberá tener en cuenta las necesidades de accesibilidad de sus empleados con discapacidad, así como los planes de adaptación individuales al reubicar a empleados con discapacidad.
    • La empresa tendrá en cuenta las necesidades de accesibilidad de los empleados con discapacidad de Ontario, así como los planes individuales de adaptación del lugar de trabajo a la hora de reubicar a sus empleados.
    • En curso

     

    PARTE IV: Normas del servicio de atención al cliente

    IniciativaRequisito de las IASRAcciónNivel
    Establecimiento de políticas80.46(4) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá preparar uno o más documentos donde se describan las políticas establecidas en virtud de esta sección y deberá facilitar una copia de dichos documentos a cualquier persona que lo solicite.
    • La empresa ha preparado un documento, llamado política de normas del servicio de atención al cliente, que incluye una descripción de la política de la empresa relativa a la provisión de bienes, servicios e instalaciones. La empresa proporcionará una copia de la política de normas del servicio de atención al cliente a cualquier persona que lo solicite.
    • Completado
    80.46(5) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá notificar a las personas a las que proporciona bienes, servicios o instalaciones que los documentos requeridos en virtud de la subsección (4) están disponibles previa solicitud.
    • La empresa informará a las personas a través de su sitio web externo de que la política de normas del servicio de atención al cliente está disponible previa solicitud.
    • Completado
    Uso de animales de asistencia y personas de apoyo80.47(2) Si una persona con discapacidad va acompañada de un perro guía u otro animal de asistencia, el proveedor deberá asegurarse de que se permita a la persona entrar en las instalaciones con el animal y llevarlo consigo, a menos que el animal esté excluido de las instalaciones por ley.
    • La empresa se asegurará de que una persona con discapacidad que vaya acompañada de un perro guía u otro animal de asistencia pueda entrar en las instalaciones de la empresa con el animal y llevarlo consigo.
    • En curso
    80.47(4) Si una persona con discapacidad va acompañada de una persona de apoyo, el proveedor deberá asegurarse de que se permita a ambas personas entrar en las instalaciones juntas y de que la persona con discapacidad pueda tener acceso a la persona de apoyo mientras esté en las instalaciones.
    • La empresa se asegurará de que la persona con discapacidad y la persona de apoyo acompañante puedan entrar juntas en las instalaciones de la empresa y de que la persona con discapacidad tenga acceso a la persona de apoyo mientras esté en las instalaciones de la empresa.
    • En curso
    80.47(8) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá preparar uno o más documentos donde se describan las políticas establecidas con respecto a los asuntos regidos por esta sección y deberá facilitar una copia de cualquiera de esos documentos a cualquier persona que lo solicite.
    • La empresa ha preparado un documento, llamado política de normas del servicio de atención al cliente, que incluye descripciones de las políticas de animales de asistencia y personas de apoyo de la empresa. La empresa proporcionará una copia de la política de normas del servicio de atención al cliente a cualquier persona que lo solicite.
    • En curso
    80.47(9) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá notificar a las personas a las que proporciona bienes, servicios o instalaciones que los documentos requeridos en virtud de la subsección (8) están disponibles previa solicitud.
    • La empresa informará a las personas a través de su sitio web externo de que la política de normas del servicio de atención al cliente está disponible previa solicitud.
    • En curso
    Notificación de interrupciones temporales80.48(1) Si, con el fin de obtener, usar o beneficiarse de los bienes, servicios o instalaciones de un proveedor, las personas con discapacidad suelen utilizar otras instalaciones o servicios particulares del proveedor, y si se produce una interrupción temporal en esas otras instalaciones o servicios en su totalidad o en parte, el proveedor deberá informar públicamente de la interrupción.
    • La empresa notificará a las personas con discapacidad si se produce una interrupción temporal en las instalaciones y servicios que las personas con discapacidad suelen utilizar.
    • En curso
    80.48(3) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá preparar un documento en el que se establezcan las medidas que el proveedor garantizará que se tomen en caso de que se produzca una interrupción temporal y deberá facilitar una copia del documento a cualquier persona que lo solicite.
    • La empresa ha preparado un documento en el que se establecen las medidas que tomará en caso de que se produzca una interrupción temporal.
    • La empresa proporcionará el documento del proceso de interrupción temporal a cualquier persona que lo solicite.
    • La empresa informará a las personas afectadas publicando la información en su sitio web externo.
    • En curso
    • En curso
    • En curso
    Formación para el personal80.49(1) Además de los requisitos de la sección 7, todo proveedor deberá asegurarse de que las siguientes personas reciban formación sobre la provisión de los bienes, servicios o instalaciones del proveedor, según sea el caso, a las personas con discapacidad:
    1. Todas las personas que sean empleadas del proveedor o que ejerzan como voluntarias de este.
    2. Todas las personas que participen en el desarrollo de las políticas del proveedor.
    3. Cualquier otra persona que proporcione bienes, servicios o instalaciones en nombre del proveedor.
    • La empresa se asegurará de que todos los empleados actuales y nuevos, voluntarios y otras personas, según lo requieran las IASR en todas las oficinas de Ontario, reciban formación sobre la prestación de bienes, servicios o instalaciones a personas con discapacidad.
    • En curso
    80.49(5) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá llevar un registro de la formación facilitada en virtud de esta sección, incluidas las fechas en las que se imparte la formación y el número de personas a las que se proporciona.
    • La empresa ha establecido un archivo en el que almacenará todos los registros de la formación proporcionada en virtud de la política de normas del servicio de atención al cliente. Los registros incluirán las fechas en las que se impartió la formación y el número de personas a las que se proporcionó.
    • En curso
    80.49(6) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá:
    1. preparar un documento en el que se describa su política de formación, se resuma el contenido de la formación y se especifique cuándo se va a proporcionar la formación; y
    2. facilitar una copia del documento a cualquier persona que lo solicite.
    • La empresa ha preparado un documento en el que se describe su política de formación, se resume el contenido de la formación y se especifica cuándo se va a proporcionar la formación.
    • El documento de formación incluye:
      • un repaso de los objetivos de la AODA;
      • cómo interactuar y comunicarse con personas con distintos tipos de discapacidad;
      • cómo interactuar con personas con discapacidad que utilizan un dispositivo de asistencia o que requieren la asistencia de un perro guía u otro animal de asistencia o de una persona de apoyo;
      • cómo usar equipos o dispositivos disponibles en las instalaciones del proveedor o proporcionados por el proveedor que puedan ayudar a la provisión de bienes, servicios o instalaciones a una persona con discapacidad; y
      • qué hacer si una persona con un tipo determinado de discapacidad tiene dificultades para acceder a los bienes, servicios o instalaciones del proveedor.
    • Completado
    80.49(7) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá notificar a las personas a las que proporciona bienes, servicios o instalaciones que el documento requerido en virtud de la subsección (6) está disponible previa solicitud.
    • La empresa informará a las personas a las que proporciona bienes, servicios o instalaciones a través de su sitio web externo de que el documento de formación de empleados de la empresa está disponible previa solicitud.
    • Completado
    Proceso de comentarios80.50(1) (1) Todo proveedor deberá establecer un proceso para recibir y responder:
    1. comentarios sobre la forma en que proporciona bienes, servicios o instalaciones a las personas con discapacidad; y
    2. comentarios sobre si el proceso de comentarios establecido con los propósitos de la cláusula (a) cumple con la subsección (3).
    • La empresa ha establecido un proceso para recibir y responder comentarios sobre la forma en que la empresa proporciona bienes, servicios o instalaciones a las personas con discapacidad.
    • Las personas pueden proporcionar comentarios a la empresa de varias maneras:
      • enviando un correo electrónico a HR@choicehotels.ca;
      • contactando con nuestro departamento de Recursos Humanos en el 905 602 2222;
      • por escrito, enviando o entregando en mano comentarios a Choice Hotels Canada Inc. en la siguiente dirección: 5015 Spectrum Way, Suite 400, Mississauga, ON L4W 0E4;
      • en persona, visitando las oficinas de Choice Hotel Canada Inc. en 5015 Spectrum Way, Suite 400, Mississauga, ON L4W 0E4; y
      • además, un cliente puede solicitar que su empleado de contacto envíe comentarios en su nombre.
    • La empresa garantizará que el proceso de comentarios permita a quienes proporcionan comentarios hacerlo también sobre si el proceso de comentarios es accesible para las personas con discapacidad a través de formatos accesibles y medios de apoyo a la comunicación.
    • En curso
    80.50(4) Todo proveedor deberá poner la información sobre el proceso de comentarios a disposición del público.
    • La disponibilidad del proceso de comentarios está recogida en nuestra política de normas del servicio de atención al cliente, nuestra política de accesibilidad y este MYAP, que están publicados en nuestro sitio web.
    • Completado
    80.50(5) Todo proveedor, excepto las pequeñas organizaciones, deberá preparar un documento donde se describa el proceso de comentarios y deberá facilitar una copia de dicho documento a cualquier persona que lo solicite.
    • La empresa ha preparado un documento en el que se describe el proceso de comentarios de la empresa y lo facilitará a cualquier persona previa solicitud.
    • En curso
    80.50(6) La empresa preparará un documento en el que se describa su política de formación, se resuma el contenido de la formación y se especifique cuándo se va a proporcionar la formación.
    • La empresa informará a las personas a las que proporciona bienes, servicios o instalaciones a través de su sitio web externo de que el documento del proceso de comentarios está disponible previa solicitud.
    • En curso
    Formato de documentos80.51(1) Si esta parte requiere que un proveedor facilite una copia de un documento a una persona con discapacidad, el proveedor deberá, previa solicitud, proporcionar u organizar la provisión del documento, o de la información contenida en el documento a la persona en un formato accesible o con medios de apoyo a la comunicación:
    1. de manera oportuna, teniendo en cuenta las necesidades de accesibilidad de la persona debido a una discapacidad; y
    2. a un coste que no supere el coste habitual cobrado a otras personas.
    • La empresa se esforzará por proporcionar cualquier documento requerido en virtud de las normas del servicio de atención al cliente de las IASR en un formato accesible o con medios de apoyo a la comunicación en un plazo de 20 días hábiles desde la solicitud. El coste de proporcionar los documentos en un formato accesible no será superior al coste habitual cobrado a otros clientes.
    • En curso
    80.51(2) El proveedor deberá consultar con la persona que realiza la solicitud para determinar la idoneidad de un formato accesible o de un medio de apoyo a la comunicación.
    • La empresa responderá a la solicitud de la persona en un plazo de 10 días hábiles, momento en el que la empresa consultará con la persona que realiza la solicitud para determinar qué formato accesible o medio de apoyo a la comunicación es adecuado.
     

     

    Disposiciones finales

    De acuerdo con la AODA y con el objetivo de la empresa de tratar a todas las personas de manera que les permita mantener su dignidad e independencia al tiempo que crea un entorno de trabajo inclusivo para que el personal de la empresa desarrolle todo su potencial, el plan de accesibilidad plurianual está publicado en el sitio web de la empresa y se revisará y actualizará al menos una vez cada cinco años.

    Si tienes alguna pregunta o comentario relacionados con el plan de accesibilidad plurianual de la empresa, ponte en contacto con la empresa.